Para comprender mejor las normas de seguridad vial, agregamos un glosario, que facilitará el aprendizaje sobre el desempeño adecuado en la vía pública como peatones, conductores o pasajeros.
Glosario de términos de Seguridad Vial
Tomado del Reglamento Nacional de
Accidente: Evento que cause daño a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulación de vehículos.
Acera: Parte de la vía, destinada al uso de peatones (Vereda).
Adelantar: Maniobra mediante la cual un vehículo se sitúa delante de otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posición, salvo excepciones.
Alcoholemia: Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en la sangre de una persona. (Dosaje etílico).
Área de estacionamiento: Lugar destinado para el estacionamiento de vehículos.
Autopista: Carretera de tránsito rápido sin intersecciones y con control total de accesos.
Berma: Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulación de vehículos y destinada eventualmente a la detención de vehículos en emergencia y circulación de peatones (Banquina).
Calzada: Parte de la vía destinada a la circulación de vehículos y eventualmente al cruce de peatones y animales.
Camino: Vía rural destinada a la circulación de vehículos, peatones, y animales.
Caravana: Conjunto de vehículos que circulan en fila por la calzada (Convoy).
Carretera: Vía fuera del ámbito urbano, destinada a la circulación de vehículos y eventualmente de peatones y animales.
Carril: Parte de la calzada destinada al tránsito de una fila de vehículos.
Ciclomotor: Vehículo de dos ruedas que tiene motor y tracción propia.
Conductor: Persona habilitada para conducir un vehículo por una vía.
Cruce a nivel: Área común de intersección entre una vía y una línea de ferrocarril (Paso a nivel).
Cuneta: Zanja al lado del camino o carretera destinada a recibir aguas pluviales.
Demarcación: Símbolo, palabra o marca, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para guía del tránsito de vehículos y peatones.
Depósito Municipal de Vehículos (DMV): Local autorizado para el internamiento de vehículos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes.
Derecho de paso: Prerrogativa de un peatón o conductor de un vehículo para proseguir su marcha en precedencia a otro peatón o vehículo.
Detención: Inmovilización del vehículo por emergencia, por impedimento de circulación o para cumplir una disposición reglamentaria.
Detenerse: Paralización breve de un vehículo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, sólo mientras dure la maniobra.
Estacionar: Paralizar un vehículo en la vía pública, con o sin el conductor, por un período mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas.
Internamiento: Ingreso de un vehículo al DMV, dispuesto por la Autoridad competente.
Intersección: Área común de calzadas que se cruzan o convergen.
Isla: Área de seguridad situada entre carriles destinada a encauzar el movimiento de vehículos o como refugio de peatones.
Licencia de conducir: Documento otorgado por la Autoridad competente a una persona autorizándola para conducir un tipo de vehículo.
Línea de parada: Línea transversal marcada en la calzada antes de la intersección que indica al conductor el límite para detener el vehículo acatando la señal correspondiente (Línea de detención).
Maquinaria especial: Vehículo automotor cuya finalidad no es el transporte de personas o carga y que utiliza ocasionalmente la vía pública.
Marca: Señal colocada o pintada sobre el pavimento o en elementos adyacentes al mismo, consistente en líneas, dibujos, colores, palabras o símbolos (Señal horizontal).
Motocicleta: Vehículo de dos ruedas, con o sin sidecar, provisto de un motor de propulsión.
Paso a nivel: Área común de intersección entre una vía y una línea de ferrocarril (Cruce a nivel).
Paso peatonal: Parte de la calzada destinada para el cruce de peatones. (Crucero peatonal).
Peatón: Persona que circula caminando por una vía pública.
Peso Bruto: Peso propio del vehículo más la carga y ocupantes.
Preferencia de paso: Prerrogativa de un peatón o conductor de vehículo para proseguir su marcha.
Remoción: Cambio de ubicación de un vehículo, dispuesto por la Autoridad competente.
Remolcador: Vehículo automotor diseñado para remolcar un semirremolque mediante un sistema de acople, no transportando carga por sí, a excepción del peso transmitido por el semirremolque (Tracto camión).
Remolque: Vehículo sin motor diseñado para ser lado por un camión u otro vehículo motorizado, de tal forma que ninguna parte de su peso descanse sobre el vehículo remolcador.
Retención: Inmovilización de un vehículo, dispuesto por la Autoridad competente.
Semáforo: Dispositivo operado eléctricamente mediante el cual se regula la circulación de vehículos y peatones por medio de luces de color rojo, ámbar o amarilla y verde.
Señal de Tránsito: Dispositivo, signo o demarcación, tocado por la Autoridad competente con el objeto de regular, advertir o encauzar el tránsito.
Sobrepasar: Maniobra mediante la cual un vehículo adelanta a otro que transita por distinto carril.
Tránsito: Conjunto de desplazamientos de personas, vehículos y animales por las vías terrestres de uso público (Circulación).
Vehículo: Artefacto de libre operación que sirve para transportar personas o bienes por una vía.
Vehículo automotor: Vehículo de más de dos ruedas que tiene motor y tracción propia.
Vehículo automotor menor: Vehículo de dos o tres ruedas, provisto de montura o asiento para el uso de su conductor y pasajeros, según sea el caso (bicimoto, motoneta, motocicleta, mototaxi, triciclo motorizado y similares).
Vehículo combinado: Combinación de dos o más vehículos, siendo el primero un vehículo automotor y los demás remolcados.
Vehículo de Bomberos: Vehículo de emergencia perteneciente al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
Vehículo de emergencia: Vehículo utilizado para prestar servicio de auxilio en forma inmediata conforme a ley.
Vehículo oficial: Vehículo asignado a autoridades, los de su comitiva y los encargados de su protección y seguridad, conforme a Ley.
Vehículo Policial: Vehículo de emergencia perteneciente a la Policía Nacional del Perú.
Vía: Carretera, vía urbana o camino rural abierto a la circulación pública de vehículos y/o peatones, y también de animales.
Vía de acceso restringido: Vía en que los vehículos y las personas sólo tienen oportunidad a ingresar o salir de ella, por los lugares y bajo las condiciones fijadas por la Autoridad competente.
Vía Privada: Vía destinada al uso particular.
Vía Pública: Vía de uso público, sobre la cual la Autoridad competente impone restricciones y otorga concesiones, permisos y autorizaciones.
Vía urbana: Vía dentro del ámbito urbano, destinada a la circulación de vehículos y peatones y eventualmente de animales (Calle).
Zona comercial: Parte de la ciudad calificada por Autoridad municipal competente, destinada para la ubicación de inmuebles para fines comerciales.
- Equipo Responsable:
· BRANDES ASENCIO, Brigitte (secundaria)
· CAMPOS LECARNAQUE, Zoila (secundaria)
· CARBAJAL GUTIERREZ, Ana (secundaria)
· CRUZADO RÍOS, Zully (secundaria)
· DE LA TORRE WONG, Gabriela (secundaria)
· MARÍN JIMENEZ, José (secundaria)
· MEGO FLORES, Giselle (secundaria)
· MORALES LEIVA, Margarita (primaria)
· RUIZ GARCÍA , Carlos (primaria)
· SUYO TITTO, Inés (secundaria)
. VIVAS RIVERA, Yohana (secundaria)
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